¿Qué es el Formulario I 290B?
Los solicitantes con motivos para anular una petición deben presentar el Formulario I-290B para solicitar una revisión por parte del USCIS. Para ser exactos, una solicitud será presentada y revisada por el Oficina de Apelaciones Administrativas (AAO) o un local sucursal del USCIS incluyendo centros de servicio y oficinas de campo.
Para ser elegibles, las solicitudes deben categorizarse como una de las siguientes:
Apelación
Una solicitud debe demostrar una conclusión errónea de la ley o actuar en la decisión que se apela.
Movimiento para reabrir
Una solicitud debe proporcionar nueva evidencia. La solicitud debe incluir declaraciones juradas de respaldo y / o documentos de respaldo para establecer los motivos para reabrir la moción.
Moción para reconsiderar
Una solicitud debe incluir citas para demostrar que la decisión inicial fue incorrecta en el momento de la decisión. Los ejemplos incluyen decisiones precedentes, cambios regulatorios o de políticas, y citas de estatutos.
Los solicitantes son inelegible bajo las siguientes circunstancias.
- Un beneficiario de la petición original. (por ejemplo, hijo del solicitante cuya petición fue rechazada)
- Las solicitudes designadas para ser archivadas con el Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA). Los solicitantes que presentaron I-130: Petición para pariente extranjero Debe presentar su petición de apelación ante la BIA. Utilizar Formulario EOIR-29. Aviso de Apelación ante la Junta de Apelaciones de Inmigración para presentar una apelación.
- Solicitudes designadas para ser presentadas ante el Departamento de Estado. Por ejemplo, los solicitantes que presentaron DS-260: Visa de Inmigración y Solicitud de Registro de Extranjero Debe pasar por el Departamento de Estado. Otras formas incluyen DS-156, DS-156E, DS-156K, DS-117, DS-157 y DS-230.
- Solicitudes especiales de Trabajador Agrícola o Legalización. Utilizar Formulario I-694, Aviso de apelación de decisión, según los artículos 245A o 210 de la Ley de inmigración y nacionalidad.
¿Qué son las instrucciones del formulario I-290B?
La tarifa de presentación para el Formulario I-290B es de $ 675. Para que los solicitantes renuncien a la tarifa de presentación, la persona debe calificar en los siguientes criterios.
- Los solicitantes bajo ciertas circunstancias financieras pueden presentar una formulario de exención de cuotas (I-912) Renunciar a la presentación y las tasas biométricas. Un ejemplo de circunstancia válida es un individuo que vive en o por debajo del 150% de pautas federales de pobreza.
- Los solicitantes iraquíes o afganos que han trabajado para el gobierno de los EE. UU. Están exentos de la tarifa de presentación. Un ejemplo es un intérprete que trabajó en nombre del ejército de los Estados Unidos.
Para presentar la solicitud, el solicitante debe presentarla directamente o en una caja de seguridad. Para solicitudes directas, revise el motivo de la petición al Sitio web de USCIS y archivar en consecuencia. Si se archiva en la caja de seguridad, siga las consejos de presentación.
Presente su apelación o moción a la dirección correspondiente que figura en nuestro Direcciones de presentación directa para el Formulario I-290B, Aviso de apelación o moción página.
¿Quién es elegible para el Formulario I-290B?
El Formulario I-290B solo está disponible para las personas que ya han presentado una apelación o moción ante los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS). Este formulario se utiliza para solicitar una revisión de una decisión tomada por el USCIS sobre una solicitud o petición anterior. Aquellos elegibles para presentar el Formulario I-290B incluyen solicitantes, peticionarios, beneficiarios y representantes que se sienten agraviados por una decisión tomada por el USCIS.
¿Cuál es la última edición del Formulario I-290B?
La última edición del Formulario I-290B es la Revisión 19/08/20. Esta es la versión más actualizada y debe usarse al presentar la solicitud.
¿Cuáles son los Documentos Requeridos para el Formulario I-290B?
Los documentos requeridos para el Formulario I-290B son:
1. Una copia de la decisión u orden de la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA), la Oficina de Apelaciones Administrativas (AAO) o el juez de inmigración contra el cual está apelando.
2. Una copia del Formulario I-863, Aviso de Apelación a la Junta de Apelaciones de Inmigración o el Formulario EOIR-26 si está impugnando la decisión de un juez de inmigración.
3. Evidencia en apoyo de su apelación, como declaraciones juradas, documentos y otra evidencia relevante.
4. Evidencia sobre cualquier cambio en las circunstancias desde que se dictó la resolución u orden, en su caso.
5. Pago de la tasa aplicable.
6. Cualquier otro documento que pueda ser requerido por las instrucciones del formulario o por el oficial de inmigración que lleva su caso.
¿Cómo presentar el Formulario I-290B?
El Formulario I-290B, Aviso de Apelación o Moción, se usa para apelar una decisión o para presentar una moción para reabrir, reconsiderar o reconsiderar y devolver ante los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS).
1. Reúna todos los documentos requeridos. Debe incluir los siguientes documentos al presentar el Formulario I-290B:
• La decisión original que está apelando o el aviso de acción asociado con la moción que está presentando;
• Documentos que respaldan su apelación o moción; y
• Solicitud de tarifa o exención de tarifa.
2. Complete el Formulario I-290B. Complete el Formulario I-290B siguiendo las instrucciones enumeradas en el formulario. Asegúrese de incluir toda la información relevante sobre su caso, incluido su número de recibo de USCIS y otra información de identificación.
3. Envíe el Formulario I-290B. Después de completar el Formulario I-290B, puede enviarlo de una de estas tres maneras:
• Envíe por correo su apelación o pedimento y los documentos de respaldo a la instalación apropiada de USCIS Lockbox;
• Envíe su apelación o pedimento y los documentos de respaldo a la dirección correspondiente que figura en las instrucciones del formulario; o
• Presentar en línea utilizando el sistema de presentación de formularios en línea de USCIS.
Para obtener más información sobre cómo enviar un Formulario I-290B, visite el sitio web de USCIS en www.uscis.gov.
¿Cuáles son los consejos para presentar el formulario I-290B?
1. Asegúrese de completar el formulario correctamente y con precisión. Vuelva a verificar su información y asegúrese de estar firmando en las áreas designadas.
2. Envíe su formulario I-290B con una copia de la decisión de su apelación o moción para reabrir o reconsiderar.
3. Incluir una copia de la presentación inicial que se realizó en relación con la apelación o moción para reabrir o reconsiderar.
4. Asegúrese de cumplir con los plazos para presentar su Formulario I-290B.
5. Adjunte todos los documentos de respaldo que puedan ser necesarios para demostrar su elegibilidad.
6. Incluya un cheque o giro postal por el monto correspondiente pagadero al Departamento de Seguridad Nacional.
7. Envíe por correo su formulario completo, los documentos necesarios y el pago a la instalación Lockbox de USCIS según el lugar donde vive o su caso particular.
¿Existen instrucciones especiales para el Formulario I-290B?
Sí, hay instrucciones especiales para el Formulario I-290B. Las instrucciones brindan información sobre quién puede presentar el formulario, cuándo debe presentarse, dónde debe presentarse, qué documentos deben acompañar el formulario y cómo pagar la tarifa de presentación. Además, las instrucciones brindan información sobre cómo hacer correcciones al formulario y qué hacer si se niega una solicitud. Es importante leer y seguir estas instrucciones cuidadosamente al presentar el Formulario I-290B.
¿Cuál es la tarifa del Formulario I-290B?
La tarifa del Formulario I-290B es una tarifa de presentación requerida al apelar ciertas decisiones de USCIS ante la Junta de Apelaciones de Inmigración. Actualmente, la tarifa está establecida en $675 y debe pagarse en el momento de la presentación.
¿Puedo solicitar la exención o reducción de tarifas del Formulario I-290B?
Sí, puede solicitar una exención o reducción de tarifas para el Formulario I-290B. Para ser elegible para una exención o reducción de tarifas, debe demostrar que cumple con uno de los siguientes criterios:
1. No puede pagar la tarifa debido a dificultades financieras;
2. Usted es una organización, agencia federal u otra entidad que está exenta de pagar tarifas;
3. Es un refugiado, asilado o una persona admitida bajo DACA; o
4. Está en el servicio militar activo y está presentando una solicitud en nombre suyo, de un familiar o de un dependiente.
Para solicitar una exención o reducción de tarifas, debe completar el Formulario I-912 y enviarlo con su solicitud o petición. El formulario debe incluir evidencia para establecer que usted cumple con uno de los criterios enumerados anteriormente. Después de que USCIS reciba su solicitud de exención de tarifas, la revisarán y tomarán una decisión sobre si aprobarla o rechazarla.
¿Cuál es el tiempo de procesamiento del formulario I-290B?
El tiempo de procesamiento del Formulario I-290B depende del tipo de caso y la carga de trabajo de la oficina de USCIS al momento de presentar el formulario. Generalmente, los tiempos de procesamiento van desde unas pocas semanas hasta varios meses. Además, USCIS puede pedirle a un presentador de casos que proporcione información adicional o documentos que pueden extender los tiempos de procesamiento. Puede verificar el estado de su caso en el sitio web de USCIS.
Formulario I-290B Preguntas Frecuentes
1. ¿Cómo sé si necesito presentar el Formulario I-290B?
Deberá presentar el Formulario I-290B si recibió un Aviso de Apelación o Moción o Moción de Reconsideración/Moción de Reapertura o Moción de Reapertura y Reconsideración de la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) o la Oficina de Apelaciones Administrativas (AAO) .
2. ¿Qué información necesito para completar el Formulario I-290B?
Para completar el Formulario I-290B, deberá proporcionar su información biográfica, el número de recibo de su caso, la fecha de la decisión que está apelando y una breve declaración sobre su base para solicitar una apelación. Además, es posible que deba presentar documentos relacionados con su caso.
3. ¿Cuánto cuesta presentar el Formulario I-290B?
La tarifa de presentación del Formulario I-290B es $675, más cualquier tarifa biométrica aplicable.
4. ¿Cuánto tarda USCIS en procesar el Formulario I-290B?
USCIS generalmente procesa el Formulario I-290B dentro de los 180 días posteriores a la recepción del formulario. Sin embargo, los tiempos de procesamiento pueden variar significativamente según la complejidad de su caso y otros factores.
5. ¿Puedo presentar mi apelación electrónicamente?
No, debe enviar su apelación por correo e incluir la tarifa de presentación requerida.